El pleito de 1785 (I)

Una trama por el control de la Hermandad


.Coyunturas de gobernanza

Las intrigas ligadas a las «luchas de poder», independientemente de la magnitud del mismo —pudiendo llegar a ser éste ridículo o incluso intangible—, suelen mostrarse con frecuencia en las diferentes organizaciones sociales de mayor o menor magnitud. Las de naturaleza religiosa no son una excepción.

Las necesarias estructuras de gobierno de estas organizaciones de individuos en torno a unos fines comunes son a menudo fuente de polémica y crítica diversa, constructiva o no, donde se cuestionan los estilos de ejercer «los cargos», las decisiones que se adoptan en el seno de ellas o la actividad propia que puedan llegar a realizarse.

Estas características inherentes a casi todos los colectivos organizados, incluyendo por supuesto a las hermandades y cofradías, podemos asimilarlas a un concepto de «política» desligado de connotaciones ideológicas, pero que puede extenderse y aplicarse a toda práctica sistemática y permanente de «oposición», así ejercida frente al grupo que circunstancialmente se encuentra legitimado para liderar y ejercer la representatividad de la organización que se trate.

Casi nos atreveríamos a razonar esta práctica opositora como si de una formulación físico-matemática se tratara: El grado de fiscalización dependerá proporcionalmente de la mayor o menor distancia o aspiración pretendida respecto a la toma de decisiones. A mayor deseo de protagonismo o cercanía respecto a los círculos donde se adoptan las determinaciones, mayor expresión de firme oposición. Y al contrario.

Las historias de las cofradías están llenas, con mayor o menor repercusión pública, de encuentros y desencuentros entre hermanos, generalmente ligados a coyunturas de gobernanza. No es infrecuente que a los nombramientos oficiales de juntas de gobierno les sucedan crisis con amagos de renuncias y problemáticas que se reconducen. En otras ocasiones, tienen lugar conflictos que provocan dimisiones irrevocables antes de agotar los periodos previstos en los mandatos. A veces se deben a circunstancias personales justificadas y totalmente asépticas, pero en otros casos sí se dan serias diferencias en los criterios o en las formas de actuación que provocan desgastes irrecuperables, ocasionando vaivenes y efectos desestabilizadores poco recomendables.

Sin ir más lejos nuestra propia hermandad se encuentra actualmente sumida en una especial tesitura, por cuanto la autoridad eclesiástica ha dictaminado la conveniencia de que sea una junta rectora la que provisionalmente gestione la cofradía hasta la celebración de unas próximas elecciones.

Una crisis dieciochesca sin parangón

En tantos años de vida de nuestra longeva hermandad (1705-2020), sería interminable tratar de describir la cantidad de peripecias dignas de reseñar que se habrán ido sucediendo a lo largo del tiempo relacionadas con la administración de la cofradía, los procesos de transición y diferentes vías de lograr el liderazgo o alcanzar su gobernabilidad.

Pero el relato que hoy traemos es de un carácter absolutamente extraordinario por las muchas y singulares circunstancias que rodearon aquel curiosísimo capítulo del siglo XVIII que nos proponemos desentrañar. Basta decir que nos retrotraemos a un conflicto de confabulaciones de «poder» que no admite parangón ni cotejo, una auténtica historia de conspiración en el seno de nuestra cofradía que data de 1785. Ahí es nada.

El contexto histórico

Nos encontramos en el epílogo del reinado de Carlos III en España (1759-1788), bajo el modelo del despotismo ilustrado. El monarca tuvo que lidiar con muchos conflictos centrados en la política internacional, siendo muy infructuosos los diferentes frentes bélicos abiertos. Al final de su reinado pareció recuperarse una posición internacional de cierto prestigio. La política interior del llamado «Rey Alcalde», por la espléndida transformación que realizó de la Villa de Madrid, se caracterizó por la puesta en marcha de una serie de reformas con importantes pretensiones económicas, sociales y religiosas. Entre estas últimas y en el cuarto final del siglo XVIII, fueron frecuentes los expedientes dirigidos a la depuración y fusión de distintas cofradías, como ya hemos abordado en otras publicaciones de nuestra web oficial.

Como dato curioso, durante este reinado se creó «la lotería nacional» importada desde Nápoles donde era toda una tradición. El 10 de diciembre de 1763 se cumplirán 257 años de la celebración del primer sorteo, considerado muy similar al actual.

Otra singularidad, que precisamente sucedió el año 1785, fue la elección de la bandera nacional que se hizo oficial mediante Real Decreto de 28 de mayo de 1785, a partir de cuyo momento empezaría a usarse la enseña roja y gualda, primeramente en el ámbito naval. La traza definitiva fue elegida por el monarca tras celebrarse un concurso ideado para diseñar una insignia que permitiera la fácil identificación de los barcos españoles por los extensos territorios en ultramar.

En aquella celda del convento de la Merced...

Entramos en materia. Habían transcurrido «solo» 80 años desde la fundación de la Esclavitud de Nuestro Padre Jesús Caído. Por tanto se trataba de una hermandad joven. La cofradía venía de realizar su estación de penitencia el 20 de marzo, Domingo de Ramos, con el cortejo formado por los pasos del Señor de la Caída, la Virgen de la Soledad y San Pedro. Aún le quedaría casi un siglo por delante hasta la aprobación del cambio de día procesional al Jueves Santo, mucho más apropiado por las advocaciones de sus sagrados titulares.

Los hechos del sorprendente relato que nos trae sucederían el segundo día de la Pascua de Resurrección de 1785. Algunos hermanos de Nuestro Padre Jesús Caído asisten atónitos a un episodio absolutamente insólito y sorprendente que vendría a alterar sobremanera la vida de la hermandad. No se conocen hechos siquiera parecidos, ni por asomo.

En nuestra imaginación resulta fácil fantasear con intrigas maceradas en los recovecos conventuales entre oraciones y meditaciones de los monjes. Corrillos de frailes paseando por el claustro del cenobio mercedario conjurándose secretamente. Comisario y Sacristán debieron dar forma a su estrategia. Un pequeño plan trazado para la captación de adeptos a sus fines entre aquellos hermanos cofrades posiblemente considerados más ignorantes, débiles o que ambicionaran algún beneficio o privilegio prometido. En pocas palabras, propensos a la corrupción.

El manuscrito encabezado por el «Licenciado don Fabián de Miranda y Sierra, Dignidad maestre de escuelas canónicas y Gobernador Provisor y Vicario (...)» y «Dado en Sevilla, en veinte y dos de mayo de mil setecientos ochenta y cinco años», relata de esta guisa la gravedad de los hechos acaecidos en los entresijos del convento mercedario, tras la petición formalmente presentada por los hermanos de Jesús Caído.

«En el día segundo de la Pascua de Resurrección de este año se juntaron varios hermanos de esta cofradía en la celda del Presbítero Comendador (...) con motivo de la celebración de cabildo de elecciones con arreglo a lo que previenen sus constituciones; y con total abandono e inocencia de estas, eligieron por Hermano Mayor a solicitud de otro comendador a Fray Pedro de San Nicolás Pío actual Sacristán del referido convento; y este a su arbitrio nombró los oficiales que quiso, creando muchos oficios nuevos jamás conocidos en esta cofradía, ni prevenidos por estatutos, cuyas elecciones están sujetas a las gravísimas nulidades siguientes:

Primeramente se experimentó una confederación extraordinaria entre el enunciado Comendador y Sacristán, y varios cofrades son parciales a quienes anticipadamente habían ganado, para su intento, omitiendo votar a varios hermanos que inferían, podrían hacerles contrarresto y concediendo voto para este acto a otros sujetos ajenos de la cofradía, como fueron el citado Comendador Comisario y otros; y de la sazón se hallaron presentes a quienes ni por los precitados están, ni por otro de algún derecho les competía. Y habiendo pasado a su escrutinio, y suplicado a los circunstantes ante nuestro Comendador se dignaron elegir por Hermano Mayor a alguno de tres sujetos que propuso, con especialidad al referido Fray Pedro, por varias razones que hizo presentes a este fin».

Las partes del litigio

Esta trama de inquietantes y turbias maniobras urdidas para alcanzar el poder de la cofradía debió suponer un auténtico escándalo que removería los cimientos de la esclavitud. De tal envergadura era el asunto que los cofrades que advirtieron el ardid de los monjes y sus compinches concluirían que no les quedaba otra alternativa que interpelar por los derechos de ellos avasallados, así como de la propia Hermandad como institución a la que representaban y a la que, en justicia, correspondía dignificar.

Así pues, la indignación y el orgullo herido de los hermanos debió llevarles a elevar en Sevilla un pleito a la mismísima autoridad eclesiástica, para que mediara y resolviera el conflicto planteado entre cofradía y convento. Un pulso legal, entre algunos hermanos y algunos frailes mercedarios, por esta afrenta que no fue acatada con la resignación y mansedumbre que quizás presuponían o esperaban los religiosos.

En el contexto histórico, considerando la enorme ascendencia del clero y el influjo ordinario de la Orden en las decisiones de la cofradía, la actitud de estos hermanos rebelados nos merece hoy un alto valor y nos resulta ejemplar su defensa por reconducir la legalidad mancillada y el respeto hacia unas constituciones a las que fielmente se debían, frente a unas actuaciones contrarias a las reglas fundamentales que entre ellos se habían reconocido.

Los valientes «hermanos caídos» personados en la causa para mayor honra de la cofradía merecen ser reconocidos públicamente en estas líneas, aunque haya trascurrido la friolera de 235 años.

Por el tenor literal del documento, se deduce que la primera persona citada ejercería las funciones de representación legal del resto que se relacionan como hermanos, observando que los siguientes encabezarían la corporación liderando las acciones emprendidas.

«Francisco Moreno de Luque en nombre de don Luis Bustillos y Acuña, don Francisco de Paula Torres Montilla, don Joaquín García, don Alonso Bejarano, Francisco Alberto Arce y don Diego García, vecinos de la Villa de Osuna y hermanos de la cofradía de Nuestro Padre Jesús Caído, sita en el convento de Reverendos Padres Mercedarios descalzos de esta Villa».

Como es natural, la parte activa y causante del conflicto era citada expresamente como correspondía en este informe del Tribunal Eclesiástico que emitía el Gobernador, Provisor y Vicario de Sevilla:

«A Fray Pedro de San Nicolás, Sacristán actual del convento de Mercedarios Descalzos de la Villa de Osuna y demás hermanos a quienes correspondan de la referida hermandad de Nuestro Padre Jesús Caído, sita en dicho convento».


Las irregularidades del cabildo

Las sorprendentes y múltiples irregularidades del cabildo de elecciones son descritas con todo lujo de detalles en el informe jurídico de la autoridad eclesiástica. Sin desperdicio.

«Con efecto con total abandono del secretario, que presente estará, a cuyo oficio corresponde recoger los votos como sujeto en quien tiene todo el cuerpo depositada toda su fe; el citado Comisario y Sacristán, tomaron las y llevándolas ocultas bajo los Escapularios fueron por sí mismos recogiendo las habichuelas blancas y negras de que dicha cofradía se sirven en semejantes actos, y habiendo recaído primeramente la elección en un hermano, según de pronto se advirtió al tiempo de publicar la votadura, no obstante esto se atribuyó por el Comendador y Sacristán equivocación de los hermanos. Y habiéndose pasado a celebrar otro escrutinio hubo por último de recaer la que llaman elección en el citado Fray Pedro de San Nicolás en todo lo cual como insinuado tengo, se faltó a las solemnidades y formalidades que previenen los estatutos, pues no debió en manera alguna presidir este acto el citado Comendador, cuando las constituciones solamente le dan lugar en semejantes actos, sin votos al religioso Comisario, que sea de dicha cofradía, ni debió celebrarse el cabildo en la celda del Comendador, ni otro, que el secretario recoger los votos, ni omitirse en manera alguna la citación de un solo hermano en la forma acostumbrada, ni menos conceder voto a persona alguna que, o no sea hermano, o no se lo den las constituciones expresamente».

¿Por qué?

A estas alturas de la publicación es muy probable que nos ronden preguntas de este tipo: ¿Qué perseguían el Comendador y el Sacristán con esta desatinada jugada? ¿Tal era la impunidad o la influencia que ejercían sobre la hermandad para perpetrar este esperpéntico «golpe de estado» sobre la cofradía? ¿Qué beneficios, crematísticos o de otra índole, podrían justificar esta ambición desmedida por el control de la hermandad?

Muchas de las posibles respuestas quedarán a nuestra imaginación o en el terreno de las hipótesis y suposiciones, considerando los años que han transcurrido ya desde este singular episodio.

Sin embargo, en la siguiente entrega del artículo que aquí aparcamos sí aportaremos nuevos datos e informaciones sobre la continuidad de este expediente jurídico y daremos cuenta de cómo transcurrieron y se resolvieron definitivamente los controvertidos hechos aquí relatados.

J.C.M. 2/12/2020


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