Reseña histórica
Breve historia de nuestra Hermandad
La existencia de los reverendos padres de la Orden de los Descalzos de la Merced en la villa de Osuna, y el gran servicio apostólico de su acción bienhechora en la espiritualidad de nuestro pueblo, necesariamente daría el consiguiente fruto en la fundación de una hermandad de penitencia que saliera públicamente por nuestras calles en procesión solemne y callada en la Semana Santa; en concreto, el Domingo de Ramos, día que la liturgia de la Iglesia proclama la Realeza de Cristo triunfante, para mayor contraste con la aflicción y dolores cruentos que Cristo Nuestro Señor sufrió en el misterio doloroso de su flagelación, Caído y sin fuerzas humanas tras los terribles azotes que recibió en su lacerado cuerpo.
Y, en efecto, en el año del Señor de 1705 se constituye la hermandad a instancia y esfuerzos de don Manuel de Ábalos y Pimentel, su fundador, quien redactó las primeras constituciones o reglas como producto de sus grandes amores: la Villa de Osuna, culta y preclara, y Nuestro Padre Jesús Caído y su Madre, y Madre nuestra de la Merced, Redentora de cautivos, no sólo de los que están privados de la libertad por avatares de las guerras, imposibilitados de defenderse de ellos con la luz de las virtudes, engendradora de la verdadera libertad de los hijos de Dios.
En las primitivas y admirables constituciones, así se habla de nuestra villa:
«En la que fue colonia de romanos, e Noble, Ilustre, Esclarecida, conocida en nuestra España y demás tierras nuestras, habrá muy pocos que no se hayan enriquecido con los diminutivos de su elocuencia, de cuya Universidad y Consejo habla Gudiel en el Compendio de las Historias de España, de donde se han aprovechado los más expertos entendimientos.
Esto es Osuna, joya sin precio, fundada antes de que el Redentor del mundo, segundo Adán, bajara a redimirnos de la esclavitud eterna; de esta habla Antonio Agustín, en Diálogos, y Ambrosio de Morales, libro 7º, Cap. 13, y últimamente el doctor Rodrigo Caro... etc.»
Cual fuera el ambiente religioso y cultural de la esclarecida Villa, en que va a florecer como Esclavitud de Jesús Caído y Nuestra Señora de la Merced, nos lo refiere el propio fundador en las mencionadas Constituciones. Nos habla de la existencia de ocho colegios, la gran Colegial, la Universidad, un colegio de padres jesuitas, de diez sagradas religiones (lo cual debe entenderse por órdenes religiosas), cinco monasterios de religiosas y otro de recogidas, tres santuarios y dos hospitales. Esta floración religiosa iba pareja con la exuberancia y belleza natural de Osuna, «en cuyos campos se mira abril, colmado de mieses de agosto», y todo ello como favor y gracia de los patronos San Arcadio y San León y sus compañeros mártires.
Por si algo faltara para encumbrar su grandeza, manifiesta que viste Osuna de verde el firmamento, es «asombro de Marte y espanto de Venus».
Acta del 31 de enero de 1705
Pero más importancia tiene para la historia de nuestra Esclavitud la que consideramos verdadera acta fundacional, que de este modo se recoge en aquellas primitivas constituciones:
«En la Villa de Osuna, en treinta y un días del mes de Enero de mil setecientos y cinco años, en el convento de Nuestra Señora de la Merced y de los Hermanos Descalzos, Redentores de Cautivos,
compareció ante el Padre Fray Juan de las Nieves, doctor en Sagradas Teologías, dignísimo Comendador de dicho convento y demás religiosos conventuales, Don Manuel de Ávalos y Pimentel, vecino de dicha Villa, como fundador que ha de ser de una Cofradía y Hermandad que su título ha de ser Jesús Caído, y hizo súplica al dicho Padre Comendador y demás religiosos conventuales, que es la siguiente: Estando presentes diferentes hermanos, que ha enfervorizado el dicho Don Manuel de Ávalos para dicha Hermandad, se leyeron estas constituciones.»
En las reglas de la primitiva Hermandad o Esclavitud se encierra un verdadero tratado de ascética y mística cristiana, cual corresponde a los que con toda entrega y sinceridad de alma se consideran esclavos. Se puede leer en ellas:
«Singular título que habéis abrazado con superior impulso, fervorosa devoción, ardiente celo, unidos con vínculos de amor y caridad perfecta a congregarnos reverentes y a dedicarnos amantes al culto, honra y veneración de este Divino Señor.»
Esta mencionada Esclavitud tiene en su haber, como una gloria suya, que en cerca de tres siglos se adelantó al espíritu actual de la Iglesia.
En efecto, el vigente Código de Derecho Canónico (1983), promulgado por el Papa San Juan Pablo II, admite en las hermandades, formadas por seglares, igualdad de derechos para el hombre y la mujer.
El Capítulo III de las primitivas constituciones se epigrafía de este modo:
«De la limosna que han de dar los hermanos y las hermanas».
Se desarrolla más con este postulado:
«Compondrase esta Hermandad de hermanos casados, viudos y mozos, y en la propia conformidad de hermanas, para que de esta suerte no se le prive la voluntad al que quisiere servir a Nuestro Padre Jesús Caído.»
La Hermandad tuvo desde un principio marcado carácter penitencial. En tan alto grado lo poseyó que el primero de los cuatro cabildos o juntas que prescribían sus primitivas constituciones debía celebrarse el miércoles de Ceniza, día en que comienza la santa Cuaresma. Así, el Capítulo V dice que los hermanos se reúnan ese día para confesar y comulgar, y después rezar el Santo Rosario en la capilla del convento ante la imagen de Nuestro Padre Jesús Caído.
¡Con qué admirable espíritu en el sentido devocional entraban los hermanos y esclavos en la santa Cuaresma!
Esta disposición tenía después su reflejo en el cabildo, que hoy llamaríamos de salida, preparatorio para la procesión solemne de la Semana Santa, la cual debía celebrarse el Domingo de Ramos.
Hemos de señalar a este respecto la profundidad del sentido religioso de esta Esclavitud de Osuna, pues lo que hoy consideramos como una conquista, tal es prepararse debidamente para la estación de penitencia, ya lo hacía en el año 1705, año de su constitución.
A este cabildo ya debían asistir hermanos y hermanas con sus túnicas y las insignias que debieran llevar según su cargo; el estandarte y los pasos, que eran tres: el de Nuestro Padre Jesús Caído, el de Nuestra Señora de la Soledad y el de San Pedro llorando. Este hecho nos hace pensar que el momento de la Pasión que representa es aquel en el que Simón Pedro lloró amargamente tras oír el canto del gallo, en el patio de la casa del pontífice Caifás. Por consiguiente, el misterio de la Caída no es representativo de las tres caídas que sufrió el Señor en la calle de la Amargura, sino que fue una caída especial, única, antes de las tres que testimonia el Vía Crucis.
Jesús de la Caída
Las constituciones primigenias nos hablan de Jesús de la Caída, o de Jesús Caído, tras los azotes. Así se describe al Titular, imagen regalada por el hermano fundador, y los personajes que lo acompañaban en esta escena de la Pasión:
«Considerando hermano carísimo, vuestro más humilde hermano Don Manuel de Ávalos y Pimentel, quien pretende fundar esta humilde hermandad, para honra y gloria de Dios y de su Santísima Madre y Señora nuestra, ayudado en el auxilio e ilustrado de su Divina Luz, dispuso lo primero con sus cortas fuerzas y valiéndose de ellas el hacer de talla cinco esculturas, representando en ellas al tierno paso que padeció Nuestro Amantísimo Jesús cuando le dieron los inhumanos judíos más de cinco mil azotes, y según dice muchos contemporáneos, que desatándoles los cordeles con que estaba atado a la columna, cayó en el lado de ella.»
La imagen y el paso fueron bendecidos por el muy reverendo padre fray Diego de la Purísima Concepción, provincial de los Mercedarios de Andalucía. Como aún la Hermandad no tenía capilla en la iglesia del convento, el fundador acudió a sus tíos don Francisco García Calvo y doña Josefa de la Fuente y Guerra para que le cedieran una que poseían en el templo.
No sólo le cedieron la capilla, sino que le obsequiaron con una gran lámpara de plata y un frontal de raso verde, y un lienzo que representa el misterio de los azotes que sufrió Jesús, atado a la columna.
Como dato fehaciente de la fundación de la Hermandad, en las primitivas constituciones se hace constar:
«Este libro o Regla de la Hermandad o Cofradía de Nuestro Padre Jesús Caído, se hizo el año mil setecientos cinco, siendo Sumo Pontífice de la Ley Católica y Nueva, Clemente XII, y rey de nuestra España el gran monarca Felipe V por la gracia de Dios, como sucesor de la Corona Regia, que heredó de nuestro gran monarca Carlos II, que está en gloria, según su Santa Vida, y Reina Doña María Luisa, Gabriela, Enmanuel de Saboya, y Arzobispo de este Arzobispado de Sevilla, el Señor Don Manuel de Arias, presidente del Gran Consejo y Cámara de Castilla, y General de dicho Sacro, Real y Militar Orden de Nuestra Señora de la Merced, de la Religión Descalza, el Muy Rvdo. Pedro Fray Diego de los Santos y Duque de nuestra Osuna, el Excmo. Señor Don Francisco María de Paula, y Duquesa de la Excma. Doña María Fernández Velasco.»
Cabildo fundacional
La Hermandad quedó fundada en un cabildo general en el que participaron todos quienes habían manifestado su deseo de pertenecer a ella. Este cabildo se desarrolló el día 26 de febrero de 1705 y en él estuvieron presentes los religiosos del convento de la Merced de la villa de Osuna.
Comparecieron por una parte el fundador, don Manuel de Ávalos y Pimentel, teniente de alguacil mayor de la Real Justicia de dicha villa, y por otra, fray Juan de las Nieves, reverendísimo padre comendador, y los religiosos del cenobio.
Ambos estamentos acordaron la fundación de la Hermandad y Esclavitud, según constó en acta. La comunidad mercedaria afirma literalmente que la Hermandad «era muy justa y que sería del agrado de Dios, por ser el fin tan bueno y dirigido a su Divino culto». En vista de lo cual, la Esclavitud quedó fundada. Todos solicitaron la aprobación de las constituciones y la licencia del reverendísimo padre vicario general.
Firmaron el acta los siguientes señores: don Manuel de Ávalos y Pimentel (fundador), don José Molina Lobo, don Miguel José Zúñiga, don Francisco Arcadio, don Pedro de Reina, don Juan Gómez, don Andrés Sánchez, don Francisco Gil, don Juan Eusebio Rose, don Francisco García, Pedro de Gra., don Francisco Moreno y don Juan Rodríguez Picazo. Intervino como secretario don Alonso Fernández.
Decreto de 14 de marzo de 1705
Las constituciones quedaron aprobadas el 12 de marzo de 1705 y acordado el Domingo de Ramos para la estación de penitencia. El decreto del Arzobispado de Sevilla, cuyo titular era don Manuel Arias y Porres, quien sería creado cardenal en 1712, tiene fecha de 14 de marzo de 1705. Lleva la firma del vicario general, doctor don Juan de Monroy, provisor, y el notario don Francisco José Castaño.
A la recién fundada cofradía se le concedió el derecho de utilizar a favor de sus hermanos seis sepulturas de cuerpo en la iglesia del convento mercedario de Osuna, en virtud del decreto firmado en 22 de marzo de 1705 por el padre general, fray Diego de los Santos; fray José del Espíritu Santo, fray Francisco de San Patricio y fray Felipe de San Jerónimo, los tres definidores generales, y refrendado por el secretario general, fray Juan de la Natividad, y registrado con el núm. 1.367 al folio 116.
De estas constituciones, con tanto interés recogidas, se realizó una copia, que fue entregada al reverendo padre fray Diego Nicolás del Señor San José, comendador del convento, para que la depositase en su archivo y evitar así un posible extravío. Se trataba de una copia certificada, extendida en Osuna a 25 de abril de 1707.
Nuestra Esclavitud adquirió gran ambiente en la vida espiritual de Osuna. El resultado fue la concesión de numerosas gracias por las importantes indulgencias y privilegios con que la enriqueció la Sede Apostólica Romana.
Hermandad de Ánimas
Una nueva hermandad, de gran popularidad, surgió en Osuna en el siglo XVIII: la de las Ánimas Benditas del Purgatorio, con la que nuestra Esclavitud se fusionaría con el tiempo. Esta Hermandad de las Ánimas fue también celosa de gracias espirituales e indulgencias. El periodo de su mayor florecimiento advino a finales del siglo XVIII.
En 23 de marzo de 1778, el Papa Pío VI concedió el siguiente privilegio a la hermandad, que en ese momento residía en la iglesia conventual de Madre de Dios, de Hermanos Menores de San Francisco:
«Las misas que se celebren en cualquier altar de esta iglesia por las almas de los hermanos o hermanas, que hayan muerto en gracia, les sirvan de sufragio, como si se dijeran en Altar privilegiado».
Esta concesión, y de ahí su importancia, no era temporal sino definitiva. Fue firmada en Roma por el cardenal Ludovico Galino, prefecto de la Sagrada Congregación de Indulgencias.
Dos días más tarde, 25 de marzo de 1778, de la misma Santidad de Pío VI fueron expedidas Letras Católicas a favor de esta hermandad de Ánimas. El pontífice le concedió, también para siempre, indulgencia plenaria y remisión de todos los pecados a los que hermanos de ambos sexos que muriesen en ella, habiendo confesado y comulgado y hallándose arrepentidos.
Del mismo modo, esta gracia se extendía también in articulo mortis si invocan con los labios o con el corazón el nombre de Jesús, y a cuantos visitan la iglesia conventual de San Francisco el día de la función principal.
Lo más significativo de la concesión papal, bajo el punto de vista histórico, son estas palabras de las Letras Apostólicas que hace constar la razón de ser la concesión:
«Así pues como se nos haya comunicado que la Iglesia del Convento de los Hermanos Menores de San Francisco, de Observancia de la villa de Osuna, diócesis de Sevilla, existe una piadosa Hermandad de fieles cristianos de ambos sexos bajo la invocación de las Almas del Purgatorio, erigida para la gloria y honor de Dios Omnipotente salvador de las Almas y ayuda al prójimo para ser erigida canónicamente por el Ordinario del lugar.»
De aquí se deduce, primero, que la Hermandad de Ánimas existía en la iglesia del convento de San Francisco de la Villa de Osuna en 1778, pero todavía no estaba erigida canónicamente, lo que se logra cuando la aprueba el ordinario del lugar, en este caso el arzobispo de Sevilla; y segundo, que para hacer más solemne y atractivo el ingreso de nuevos hermanos, la Santa Sede, en la persona de Su Santidad Pío VI, concede abundantes gracias, sin límite de tiempo, incluso a quienes sean recibidos como hermanos. Todo esto es exponente de la profunda religiosidad de los hermanos y devotos de las Ánimas Benditas del Purgatorio.
Hermandad del Rosario
La Hermandad de Ánimas, que como hemos visto fue canónicamente erigida en 1778, según la constancia y finalidad de las Letras Apostólicas citadas, debió de fusionarse, o por lo menos unirse en afanes apostólicos, con la Hermandad de Nuestra Señora del Rosario. Una vez unidas, se trasladaron a la iglesia del convento de Nuestra Señora de la Merced, Redentora de Cautivos, de Religiosos Descalzos de la Villa de Osuna.
Pero al trasladarse, hacia 1801, la Hermandad de Ánimas considera que ha perdido sus privilegios e indulgencias. Así, «solicita de la Santidad de Pío VII, sus oficiales de pecados y reparaciones de penitencia, en la referida Iglesia de Religiosos Descalzos de la Orden de Ntra. Sra. de la Merced».
Y, tal como se pide, lo concede el Papa.
Tenemos pues, en 1801, reunidas en la misma iglesia conventual de la Merced a las dos hermandades -la de Ánimas y la de Nuestra Señora del Rosario- más la de Esclavitud de Nuestro Padre Jesús Caído, o de la Caída.
Otro documento importante es la bula de 1804 a favor de la Hermandad de Ánimas y Nuestra Señora del Rosario. Fue expedida en la romana basílica de Santa María la Mayor el 14 de agosto de 1804, por la Santidad de Pío VII, y dirigida al arzobispo de Sevilla.
Por esta bula se autorizaba a la Hermandad de Ánimas para que pudiera decir una misa rezada en el altar de Nuestra Señora del Rosario, además de la misa solemne de los Oficios del Sábado Santo. La liturgia antigua del Triduo Sacro terminaba con los aleluyas de la Resurrección en la misa de este día, única que se celebraba en toda la Iglesia Universal.
De ahí, la importancia de dicha concesión a esta hermandad establecida en el convento de Religiosos Descalzos de la Orden de la Merced.
Otras gracias e indulgencias importantes había logrado la Hermandad de Ánimas, corporación a la que podemos considerar depositaria de un verdadero tesoro espiritual en 1801.
Bulas de Pío VII
Ignoramos con qué personas contaba esta hermandad para lograr tantos y tan valiosos bienes espirituales. Lo cierto es que el 20 de noviembre de 1801 fue una fecha trascendental para nuestra fervorosa y devota Esclavitud, posiblemente ya fusionada con la Hermandad de Ánimas Benditas. En cualquier caso, esta cofradía logró cuatro bulas de la benignidad del Papa Pío VII:
Una, citada anteriormente, por la que se concede a esta hermandad de Ánimas, ya ubicada en la iglesia de la Merced, todas las indulgencias y los privilegios que poseía en su anterior sede del convento de San Francisco.
Otra, por la que se concede indulgencia plenaria a los hermanos que asistan a la novena de Ánimas.
Una tercera por la que se establece un jubileo anual el día en que los propios hermanos deseasen fijar en sus reglas.
Y, por fin, una indulgencia plenaria, que se puede aplicar a modo de sufragio a los hermanos fallecidos en el día de su enterramiento.
Por si fuera poco lo ya apuntado, tres días después lograba otra bula de Pío VII. Por ella se concedía indulgencia plenaria a todos los fieles cristianos que, con las debidas disposiciones de confesión y comunión, visitasen la iglesia de la Merced los domingos primero, tercero y cuarto del mes de octubre; es decir, del mes que la Iglesia consagra a la Virgen Santísima del Rosario.
Fusión de hermandades
No poseemos fecha exacta de la fusión de la Hermandad de Ánimas Benditas con la de Jesús Caído, pero sí existe en poder de la Esclavitud un escrito del regente y corregidores de la Real Audiencia de Sevilla, dirigido a las Justicias de la Villa de Osuna, por el que se ordena a «tres hermandades» que presenten para su aprobación unas reglas conjuntas.
Existen entonces dos hermandades de Ánimas —la que se unirá con la Esclavitud y Nuestra Señora del Rosario, y otra desplazada a la Merced—, a las que se pretende reunir con la Hermandad Sacramental de la iglesia Colegial.
El escrito citado tiene fecha de 26 de agosto de 1791 y daba un mes para redactar esas reglas conjuntas, significando que no se pretendía otra cosa que la «información de las citadas o expresadas ordenanzas», y no la agregación como se creía.
No tenemos más testimonios históricos, pero sí bastantes significativos, pues en dicha época, en Sevilla, también se fusionaban muchas hermandades y hospitales, obligando a intervenir al fiscal de Su Majestad, en nombre del Real Consejo de Castilla.
Del Domingo de Ramos al Jueves Santo
Nuestra Real Esclavitud de Jesús Caído y Ánimas salió procesionalmente el Domingo de Ramos desde su fundación en 1705 hasta 1878. La imagen del Señor data de 1703 y fue esculpida por Alonso Gayón, natural de Écija, vecino de Osuna y hermano de la cofradía. Desde 1879, la cofradía hace suyo el Jueves Santo para su estación de penitencia, acompañando también a su sagrada titular la Virgen Santísima de los Dolores.
Esta imagen de Nuestra Señora de los Dolores está atribuida con fundamento al artífice sevillano Gabriel de Astorga (siglo XIX), pero poco más sabemos porque en casi todos los documentos sólo se habla de Hermandad o Esclavitud de Jesús Caído y Ánimas; es decir, una denominación abreviada.
No obstante, nuestra Cofradía posee un importante documento suscrito por don Nicolás de Vera Morales; su esposa, doña Ana María Aguilar Martín, y por el presbítero don Miguel Rodrigo, rector de la iglesia de la Merced, por el que donan un traje de tisú de oro, color carmesí a la imagen de Nuestra Señora de los Dolores, para que lo luzca en las festividades de su festividad y demás que en el convento se celebren. Este documento lleva fecha de 1861.
También tenemos constancia de que, desaparecidos el convento de Nuestra Señora de la Merced y su comunidad, nuestra Hermandad se trasladó a la parroquia de Nuestra Señora de la Asunción, donde se halla actualmente establecida. Esta parroquia, antaño acogida en la insigne iglesia Colegial, tiene su sede hogaño en la antigua iglesia conventual de Santo Domingo.
Las Reglas redactadas por el fundador, hasta 1985
Desde su erección canónica en 1705, nuestra Esclavitud se rigió hasta 1985 por las primitivas reglas y ordenanzas, que fueron redactadas por el fundador, don Manuel de Ávalos y Pimentel. En 1985, las reglas fueron reformadas por una disposición del Arzobispado de Sevilla, firmada por su titular, fray Carlos Amigo Vallejo, en fecha 29 de junio, solemnidad de San Pedro y San Pablo.
En virtud de esa disposición quedaron derogadas todas las reglas de hermandades de Sevilla hasta que no fuesen reformadas de acuerdo con el Código de Derecho Canónico (1983), Sínodo Hispalense y las Normas del Arzobispado.
En 2016, el arzobispo de Sevilla, don Juan José Asenjo Pelegrina, promulgó la actualización de las Normas Diocesanas para Hermandades y Cofradías, las cuales entraron en vigor el 15 de agosto, solemnidad de la Asunción y festividad de la Virgen de los Reyes, Patrona de la Archidiócesis hispalense. Quedaban así actualizadas las Normas Diocesanas que en 1997 promulgó el entonces titular de la sede de San Isidoro, fray Carlos Amigo Vallejo, quien sería creado cardenal por San Juan Pablo II en 2003.
Bajo las disposiciones de las Normas Diocesanas para Hermandades y Cofradías dadas en 2016 fueron reformadas nuestras Reglas. En ellas se procuró mantener en cuanto fue posible el espíritu que animó desde 1705 la piedad de nuestros mayores.